Congreso del Edomex avala penas de hasta 8 años de cárcel a hombres que cometan violencia vicaria

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Congreso del Edomex avala penas de hasta 8 años de cárcel a hombres que cometan violencia vicaria
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Comisiones unidas del Congreso del Estado de México aprobaron penas de cuatro a ocho años de prisión para quienes cometan violencia vicaria, delito que se configura cuando un hombre utiliza a hijas, hijos, familiares o personas cercanas para dañar a una mujer.

El dictamen, avalado en la Comisión de Procuración y Administración de Justicia, también contempla sanciones económicas de hasta mil 500 días multa, tratamiento psicológico o psiquiátrico obligatorio y la posible pérdida de la patria potestad.

De acuerdo con la reforma a los códigos Penal y Civil, así como a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia estatal, el delito se configura cuando el agresor, con quien la víctima mantiene o mantuvo matrimonio, concubinato o relación de hecho, realiza actos u omisiones para afectarla a través de sus hijas e hijos, incluso sin vivir en el mismo domicilio.

Entre las conductas que tipifican el delito se encuentran:

  • Amenazar con causar daño a hijas e hijos.
  • Ocultarlos, retenerlos o sustraerlos de su domicilio.
  • Utilizarlos para obtener información sobre la madre.
  • Promover violencia física o psicológica en contra de ella.
  • Interponer acciones legales con hechos falsos para obtener la guarda y custodia.
  • Condicionar el pago de pensión alimenticia.

La sesión fue encabezada por la diputada Ruth Salinas Reyes (MC). El proyecto integró cinco iniciativas presentadas por legisladoras y legisladores de morena, PVEM, PAN y PRD.

Participaron y respaldaron el dictamen las diputadas Selina Trujillo Arizmendi y Zaira Cedillo Silva, el diputado Vladimir Hernández Villegas (morena) y la legisladora Miriam Silva Mata (PVEM).

Durante la discusión, Miriam Silva propuso ampliar la definición para incluir de manera explícita el aspecto patrimonial; sin embargo, la propuesta fue rechazada.

Las reformas establecen que el Ministerio Público deberá dictar medidas preventivas y gestionar órdenes de protección para salvaguardar la integridad física y psicológica de la víctima.

Asimismo, se suspenderá la convivencia cuando se acredite cualquier forma de violencia contra mujeres, niñas, niños o adolescentes. Solo podrá reanudarse si se demuestra un proceso satisfactorio de reeducación con opinión favorable de la autoridad competente.

También se contempla la pérdida de la patria potestad por castigo corporal, humillante, abandono de obligaciones alimentarias por más de dos meses o cualquier forma de violencia, incluida la violencia vicaria.

En caso de pérdida de la patria potestad por violencia, esta podrá recuperarse únicamente si existen valoraciones psicológicas y de trabajo social favorables, además del visto bueno de la autoridad.

Las personas responsables de centros de asistencia social tendrán la custodia de menores víctimas de violencia familiar o vicaria, conforme a la ley estatal, y deberán dar aviso inmediato al Ministerio Público.

Durante la sesión estuvo presente Jennifer Seifert, en representación del Frente Nacional contra la Violencia Vicaria, quien solicitó que esta conducta sea reconocida plenamente como violencia de género y se acompañe de medidas especiales de protección.

Con estas modificaciones, el Estado de México avanza en el reconocimiento y sanción de la violencia vicaria como delito autónomo, fortaleciendo el marco jurídico de protección hacia las mujeres y sus hijas e hijos.

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