INE ordena retirar publicaciones de Alejandro Moreno y PRI contra Morena por posible calumnia: PRI anuncia impugnación ante el TEPJF
La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó retirar o modificar diversas publicaciones difundidas por Alejandro Moreno Cárdenas, el PRI y representantes de ese partido, luego de analizar dos solicitudes de medidas cautelares presentadas por Morena por presunta calumnia.
La determinación fue adoptada en una sesión extraordinaria urgente de carácter privado, en la que el órgano electoral revisó publicaciones en redes sociales y un promocional pautado para radio y televisión en los que se utilizaron expresiones que vinculaban a Morena con organizaciones criminales.
Entre los términos señalados en las quejas se encuentran “narcogobierno”, “narcopartido”, “narcoestado”, “narcopolíticos”, “mafiosos”, “cómplices de los cárteles del crimen organizado”, “MORENARCOS” y “Cártel de MORENA”, entre otras expresiones de contenido similar.
La Comisión analizó 15 publicaciones realizadas en las cuentas de X y Facebook de Alejandro Moreno, además de un reposteo, y determinó conceder las medidas cautelares.
El órgano electoral consideró, en un análisis preliminar, que las expresiones podrían constituir la imputación de hechos o delitos falsos contra Morena, debido a que no se presentó una sentencia o elemento probatorio que acreditara la veracidad de esas afirmaciones.
La medida también alcanzó una publicación de la cuenta oficial del PRI y diversos reposteos de contenidos de Moreno y del Grupo Parlamentario del PRI en la Cámara de Diputados.
Asimismo, fueron incluidas publicaciones de Emilio Suárez Licona, Rubén Moreira Valdez, Carolina Viggiano Austria y Marco Antonio Mendoza Bustamante, en las que la Comisión encontró elementos similares para conceder las medidas cautelares.
El órgano electoral también declaró procedentes medidas contra siete publicaciones de Alejandro Moreno, 10 reposteos realizados por el PRI y contenidos de los Comités Directivos Estatales del partido en Chiapas, Morelos y Tlaxcala.
La resolución no abarcó la totalidad de las publicaciones denunciadas.
La Comisión declaró improcedente la medida respecto de una publicación de la cuenta del PRI y del promocional denominado “SEÑALAMIENTOS”, pautado para radio y televisión, así como de una publicación de Alejandro Moreno y un reposteo del PRI relacionados con dicho material.
En esos casos, el órgano electoral determinó que no se apreciaba de manera evidente o explícita la imputación de hechos o delitos falsos contra Morena.
También quedaron fuera de las medidas otras publicaciones de Alejandro Moreno, reposteos del PRI y una publicación de una persona física, entre otros contenidos, por distintas consideraciones jurídicas, entre ellas la posible protección derivada de la inviolabilidad parlamentaria en determinados casos.
PRI anuncia impugnación ante el TEPJF
Tras conocer la determinación, diputados federales del PRI anunciaron que impugnarán la resolución ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
En conferencia de prensa, el coordinador de la bancada priista, Rubén Moreira Valdez, y el diputado Emilio Suárez Licona, acompañados por integrantes del grupo parlamentario, sostuvieron que la medida afecta la libertad de expresión y la inviolabilidad de las opiniones de quienes integran el Congreso de la Unión.
Moreira afirmó que la resolución, derivada de una queja presentada por Morena, representa una afectación a la actividad parlamentaria, particularmente porque algunas de las publicaciones señaladas corresponden a legisladores que compartieron contenidos relacionados con sus posturas sobre la presunta participación del crimen organizado en la política.
El coordinador priista adelantó que acudirán a las instancias legales correspondientes y, de ser necesario, al Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos.
Entre los legisladores notificados mencionó a Emilio Suárez Licona, Marco Antonio Mendoza, Carolina Viggiano Austria y él mismo, quienes, según explicó, compartieron o repostearon un mensaje difundido por Alejandro Moreno.
Moreira también informó que planteó al presidente de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados su preocupación por la posible afectación a la inviolabilidad parlamentaria y señaló que la resolución del INE será entregada por escrito al Poder Legislativo para que se determinen las acciones correspondientes.
Por su parte, Suárez Licona sostuvo que la resolución considera como calumnia electoral la difusión de una postura expresada previamente por Alejandro Moreno.
El diputado argumentó que los legisladores tienen derecho a participar en debates públicos relacionados con seguridad y delincuencia organizada, y sostuvo que la determinación puede tener implicaciones tanto para la libertad de expresión de los representantes populares como para la discusión pública.
Los legisladores priistas señalaron que continuarán utilizando las vías legales para impugnar la resolución y defender lo que consideran su derecho a expresar posiciones políticas desde el Congreso.
Las afirmaciones del PRI sobre presuntos vínculos entre el crimen organizado y actores políticos forman parte de sus señalamientos políticos; la determinación del INE se refiere específicamente a si determinadas expresiones difundidas públicamente pueden constituir, de manera preliminar, imputaciones de hechos o delitos falsos en términos de la legislación electoral.
Medidas deberán cumplirse en horas
En los casos donde las medidas cautelares fueron declaradas procedentes, el INE vinculó a las personas y partidos involucrados para que eliminen o modifiquen las partes señaladas de las publicaciones.
El plazo establecido no podrá exceder de seis horas, contadas a partir de las 9:00 horas del día hábil siguiente a la notificación legal de la determinación.
Además, la Comisión decretó tutela preventiva, al considerar que existe una situación objetiva que podría permitir la continuación o repetición de conductas posiblemente contrarias a la normativa electoral.
La decisión de la Comisión de Quejas corresponde a una medida cautelar y a un análisis preliminar; la determinación definitiva sobre las responsabilidades que pudieran existir corresponde al procedimiento de fondo y, en su caso, a las instancias jurisdiccionales competentes.
